Resolución 636/2012, de 10 de diciembre, por la que se adjudica el contrato menor
de la obra “Parque Público en C/ Gutiérrez Mellado de Tordesillas”, incluida en el Plan Diputación-Ayuntamientos 2007, a la empresa SERNA HIGUERA S.A., por importe de 54.764,78 euros (IVA incluido)
Mediante resolución de la Alcaldía de 7 de noviembre de 2012 se acuerda iniciar expediente de contratación de la obra “Parque Público en C/ Gutiérrez Mellado de Tordesillas”,
como contrato menor, debiendo incorporar al mismo cuantos documentos sean necesarios, particularmente, informe de Secretaría sobre la tramitación a seguir para la formalización del contrato y el proyecto técnico redactado por el arquitecto, D. Roberto Rueda de la Cruz.
En cumplimiento de lo ordenado en la citada resolución preliminar del procedimiento, el día 8 de noviembre de 2012 la Secretaria General del Ayuntamiento emitió el informe sobre la legislación aplicable al caso y el procedimiento a seguir.
Incorporados los documentos mencionados y efectuados los trámites correspondientes, de acuerdo con lo previsto en la Disposición adicional segunda del texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público (TRLCSP), aprobado por Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, que atribuye a la Alcaldía la competencia para contratar cuando, como es el caso, el importe del contrato no supera el 10 por ciento de los recursos ordinarios del presupuesto,
RESUELVO:
PRIMERO.- Aprobar el expediente de contratación, relativo al Contrato Menor de la obra “Parque Público en C/ Gutiérrez Mellado de Tordesillas”, incluida en el Plan Diputación-Ayuntamientos 2007,
SEGUNDO.- Aprobar el gasto para la contratación de referencia por la cantidad de 45.260,16 euros, más 9.504,64 euros en concepto de IVA.
TERCERO.- Adjudicar el Contrato reseñado, a CONSTRUCCIONES SERNA HIGUERA S.A. con CIF B-47474572, por la cantidad de CUARENTA Y CINCO MIL DOSCIENTOS SESENTA EUROS Y DIECISEIS CÉNTIMOS (45.260,16 euros), IVA excluido. La cuota correspondiente al IVA asciende 9.504,64 euros.
CUARTO. El adjudicatario está obligado a constituir la garantía definitiva, en un plazo de quince (15) días desde que se le notifique la presente resolución, por el importe de 2.263,01 euros, equivalente al 5% del importe de adjudicación, excluido el Impuesto sobre el Valor Añadido, de conformidad con lo establecido en los artículos 83 y siguientes de la LCSP.
La garantía no será devuelta o cancelada hasta que se haya producido el vencimiento del plazo de garantía y cumplido satisfactoriamente el contrato.
Esta garantía responderá a los conceptos incluidos en el artículo 88 de la LCSP.
QUINTO. El contratista deberá:
1. Ejecutar las obras con estricta sujeción al Proyecto que sirve de base al contrato y conforme a las instrucciones que en interpretación técnica de éste diere al contratista el Director facultativo de las obras.
2. Cumplir las disposiciones vigentes en materia laboral, de seguridad social y de prevención de riesgos laborales.
3. Aplicar los medios personales o materiales suficientes para la ejecución del contrato.
4. Señalización de las obras.
5. Cumplir las previsiones del Plan de seguridad y Salud en el trabajo que en su caso se haya elaborado y aprobado.
SEXTO. El precio del contrato, se fija en CUARENTA Y CINCO MIL DOSCIENTOS SESENTA EUROS Y DIECISEIS CÉNTIMOS (45.260,16 euros), IVA excluido. La cuota correspondiente al IVA asciende 9.504,64 euros, importes que serán abonados, previa aprobación de las correspondientes certificaciones de obra ejecutada, que serán expedidas por la Dirección facultativa o de los correspondientes documentos que acrediten la realización parcial o total del contrato.
Durante el plazo de vigencia del contrato no tendrá lugar la revisión del precio.
SÉPTIMO. El plazo de ejecución de las obras será de CINCO meses contados desde el día siguiente al de la firma del acta de comprobación del replanteo que se realizará el día en el plazo de diez días desde la formalización del contrato.
OCTAVO. Formalizar el correspondiente contrato en el plazo de cinco días hábiles desde el siguiente a la notificación de la presente resolución.
NOVENO. Notificar la presente resolución al adjudicatario y dar traslado de la misma al Servicio de Intervención
Así lo manda y firma el Sr. Alcalde, en Tordesillas, a diez de diciembre de dos mil doce, de lo que como Secretario, doy fe.
EL ALCALDE, ANTE MI:
EL SECRETARIO;
Fdo.: José Antonio González Poncela Fdo.: Teodosio González del Teso
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